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Novedades Fiscales para 2020 – Importante

27 Dic

Novedades Fiscales para 2020 – Importante

Aprobados los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, le detallamos los datos más relevantes a tener en cuenta a partir del 1 de enero de 2020.

IGIC (Impuesto General Indirecto Canario)

A partir del 1 de enero de 2020 cambia de nuevo el tipo general pasando del 6,5% a 7% de nuevo y se incrementa el Tipo del 13,5% al 15%.
Los servicios de telecomunicaciones volverán a tributar al tipo general y la energía eléctrica pasa al 3%, excepto el consumo doméstico.

Tipo de gravamen general:
Hasta 31 de diciembre de 2019: 6,5 %
A partir de 1 de enero de 2020: 7%

Tipo de gravamen incrementado:
Hasta 31 de diciembre de 2019: 13,5%
A partir de 1 de enero de 2020: 15%

Tipo de gravamen reducido del 3%:
Se suprimen los servicios de telecomunicaciones, los cuales tributarán al tipo general 7%.

Tipo de gravamen del 0%:
Modificación letras a), j) y r) artículo 52 Ley 4/2012

a) “Las entregas de bienes y las prestaciones de servicios, así como las importaciones de bienes, que se destine directamente por el adquirente o importador a la captación de aguas superficiales, a la captación de aguas de las nieblas, al alumbramiento de las subterráneas o a la producción industrial de agua, así como a la realización de infraestructuras de almacenamiento de agua y del servicio público de transporte del agua.”
j) “Las ejecuciones de obras, con o sin aportación de materiales, consecuencia de contratos directamente formalizados entre una Administración Pública y el contratista, que tengan por objeto la construcción y/o ampliación de obras de equipamiento comunitario.
A los efectos de lo dispuesto en esta letra y en la anterior, se entenderá por equipamiento comunitario exclusivamente aquél que consiste en:
(…)
– Infraestructuras públicas de transporte del agua.
(…)
– Las depuradoras de titularidad pública.
(…)”
r) “Las entregas de energía eléctrica realizadas por los comercializadores a consumidores personas físicas que sean titulares de un punto de suministro de electricidad en su vivienda con potencia contratada igual o inferior a 10 kw.”

Con respecto a la energía eléctrica pasa del 0% al 3% el IGIC, excepto para el consumo doméstico con potencia contratada igual o inferior a 10kw.

Tasas
Se incrementa el tipo aplicable en el Impuesto de las labores del tabaco a los cigarrillos rubios y las picaduras de liar rubia y negra. También se incrementa las tasas sobre el juego a las máquinas recreativas.

Deducción por gasto de enfermedad (en Declaraciones de la Renta)
Se añaden nuevos límites para la deducción por gasto de enfermedad y solo tendrán derecho a la deducción, las rentas individuales hasta 39.000,00 euros anuales o, en caso de declaración conjunta hasta 50.000,00 euros anuales.

Recordar que las facturas deben ser pagadas a través de entidades financieras (tarjeta, transferencia, etc.)

Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD)
Se sustituye la vigente bonificación con carácter general del 99,9% de la cuota tributaria del Impuesto de Sucesiones y Donaciones por bonificaciones progresivas en las cuotas tributarias en función del importe de la herencia, quedando exentas las herencias recibidas por cada sujeto pasivo que tenga un importe inferior a 300.000 euros.

IRPF (parte autonómica)
En cuanto a los tramos de IRPF, a partir de 2020 el tipo marginal sube del 24% al 25% para las rentas de 90.000 a 120.000 euros y del 24% al 26% para las rentas de más de 120.000 euros.

Como siempre, estamos a su entera disposición en la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados para aclararle cualquier aspecto sobre este asunto, sin duda de interés para todos.