
Nuevas medidas sanitarias para Canarias
El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado esta mañana de hoy jueves (13 de agosto de 2020) para analizar la situación de la pandemia COVID-19 en Canarias ha adoptado el acuerdo de aprobar una serie de medidas sanitarias de reforzamiento en aras a buscar la contención de los contagios en las Islas.
El Consejo ha aprobado, a instancias de la Consejería de Sanidad, el uso obligatorio de la mascarilla tanto en espacios abiertos como en los cerrados, independientemente de que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Además, el Consejo ha aprobado restricciones en los sectores de restauración y de ocio nocturno.
Mascarilla obligatoria
Se establece la obligatoriedad del uso de mascarillas en todas las personas mayores de seis años. Será obligatorio llevar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, o en el que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros”.
Recuerda la nota del Gobierno de Canarias, que el uso correcto de la mascarilla debe cubrir, durante todo el tiempo, la nariz y la boca completamente. Asimismo, deberá estar adecuadamente ajustada a la nariz y a la barbilla, de modo que impida la expulsión de secreciones respiratorias al entorno.
La mascarilla será obligatoria en los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y cafeterías. Solo se excluye la obligación de su uso en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.
En las playas y piscinas solo se excluye la obligación del uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes.
En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en esos espacios e instalaciones.
Curiosamente, en los centros educativos no universitarios no será obligatoria la mascarilla cuando se trate de los grupos de convivencia estable escolares y en el resto de grupos escolares, cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de al menos 1,5 metros.
Además de esta obligatoriedad, el Consejo de Gobierno, a instancias de la Consejería de Sanidad, recomienda la utilización de mascarilla también en los espacios privados, “tanto abiertos como cerrados”, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia.
Restauración
Junto a la obligatoriedad del uso de la mascarilla se establecen medidas en el ocio y la restauración. En este sentido, se modifica la norma anterior respecto a los aforos en bares y restaurantes pues la ocupación máxima de mesa o agrupación de mesas será de 10 personas, tanto en el interior como en el exterior de los locales.
Se mantiene la distancia de separación de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en la barra, entre clientes o grupos. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas en interior y exterior será de 10 personas. En todo caso, los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación.
Como siempre, quedamos a su entera disposición en la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados para aclararles cualquier aspecto, y les mantendremos al tanto de cualquier novedad en este u otro sentido.