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Planes de Pensión. Nuevos límites en cuanto a la deducibilidad y devolución de los excedentes

18 May

Planes de Pensión. Nuevos límites en cuanto a la deducibilidad y devolución de los excedentes

El pasado mes de Octubre ya le hacíamos llegar una de nuestras circulares donde le informábamos de que en dos años, las aportaciones máximas a los planes individuales han experimentado un recorte de 6.500 euros, ya que los PGE de 2021 ya introdujeron una rebaja desde los 8.000 euros a los 2.000 euros, que se situará en 1.500 euros el próximo año. De este modo, les animábamos en esa circular a que, a pesar de estos cambios normativos, continuaran destinando una parte de sus ahorros a este tipo de inversiones, ya que, lejos ahora, con esta nueva normativa, de ser rentables fiscalmente, de lo que no cabe duda es de que nos obliga a llevar un ahorro, que sin duda puede ser significativo cuando llegado el momento de nuestra jubilación, conseguimos cobrar…

En dicha circular también le informábamos al respecto de una excepción, y es cuando las aportaciones a dichos planes no son PERSONALES, sino a instancias de una empresa, en cuyo caso el derecho a deducción puede mantenerse en los 8000 vigentes antes de esta modificación y es que lo que el Gobierno pretende, según nos cuentan, es que las aportaciones a los planes de pensión sea más que una aportación personal, empresarial. No olvidemos que este tipo de aportaciones son consideradas a efectos fiscales como salario en especie, lo que significa que Hacienda percibirá algo más por hacerlo de este modo, que por continuar permitiendo la deducibilidad a las aportaciones personales.

Pues bien, dejando de lado la DEDUCIBILIDAD o no de las aportaciones a estos planes, es MUY IMPORTANTE que la norma no sólo limita la deducibilidad, sino, por extraño que parezca en una economía de mercado como la nuestra, también prohíbe que las Compañías Aseguradoras que los tramitan permitan aportaciones superiores a 2000 euros (1.500 en 2022). De este modo, si un partícipe aporta en el ejercicio 2021 más de 2.000€ anuales en un plan de pensiones, la gestora de dicho plan le comunica el exceso de las aportaciones y se las devuelve. Pero quien debe controlar las aportaciones es el partícipe, de tal forma que los afectados DEBEN SOLICITAR EL REEMBOLSO DE LAS CANTIDADES APORTADAS EN CUANTIA SUPERIOR A LOS 2000 EUROS INDICADOS, y el plazo que se establece para esta solicitud a las gestoras es el del próximo 30 de junio de 2022.

De no hacerse así, Hacienda podrá SANCIONARNOS con la imposición de una multa cuyo importe será nada menos que de LA MITAD DE LAS APORTACIONES que excedan de los límites señalados.

De este modo, es de vital importancia que se dirijan a las Compañías con las que hayan podido suscribir uno o varios Planes de Pensión, a fin de que procedan a reintegrarles el excedente, según las indicaciones que les damos en la presente.

Como siempre, quedamos a su entera disposición en la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados para aclararles cualquier aspecto en este sentido, no sin antes informarle que aquellos que dispongan de un Plan de pensiones en una entidad financiera o Compañía de seguros podrá beneficiarse de ciertas ventajas de cara a traspaso de fondos. En tal sentido nuestra experta en Seguros (Lina Hernández) podrá facilitarles la información que precisen en todo lo relacionado a este tipo de Planes de ahorro, así como de cualquier seguro sobre el que pueda albergar algún interés…
lina@gallegoyasociados.com