Nuevo modelo informativo anual para alquileres de corta duración
Se informa, de la entrada en vigor de la Orden VAU 1560/2025, una norma pensada para que ningún ejercicio comience sin su correspondiente recordatorio de que alquilar también se comunica, se justifica y se archiva.
En febrero de 2026 y en los sucesivos años, toda persona que ofrezca alojamientos de corta duración y esté obligado a contar con el Número de Registro único de Alquiler, deberá presentar un resumen detallado de su actividad, indicando qué se alquiló, con qué finalidad y cuántas veces, utilizando el modelo oficial aprobado, con datos del ejercicio anterior.
La obligación es de aplicación en todo el territorio nacional. Habrá que presentar un modelo por cada vivienda o alojamiento, aunque solo se haya alquilado de forma esporádica, con una serie de datos cruciales como: número de Registro único de alquiler, número de huéspedes, fecha de entrada, de salida, etc. Dicho modelo se presentará en el Registro de la Propiedad del inmueble objeto de alquiler.
La presentación se realizará preferentemente por vía telemática, en el formato establecido, aunque también se permite la presentación en papel. Y si algo no convence del todo, el registrador podrá pedir documentación adicional.
Desde la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados, quedamos a disposición para asesorarles y acompañarles en la correcta cumplimentación y presentación del modelo informativo si gestiona VUT (viviendas de uso turístico) o viviendas en arrendamiento de temporada, así como para atender cualquier duda o aclaración que pueda surgir en relación con esta obligación u otras cuestiones vinculadas a la normativa aplicable.