Asesoría de empresas en Las Palmas

Aportaciones obligatorias a plan de pensiones para trabajadores del sector de la construcción

21 Feb

Aportaciones obligatorias a plan de pensiones para trabajadores del sector de la construcción

Desde el pasado 1 de febrero del presente, El Convenio General del sector de la Construcción (Artículo 240 del VII Convenio colectivo general del sector de la construcción) establece como OBLIGATORIO lo que se conoce como “Plan de Pensiones de Empleo del Sector de la Construcción”, en virtud del cual, las empresas deben ir generando un fondo obligatorio para cubrir las contingencias de jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento de todos sus trabajadores, y ello mediante la aportación de una cuota mensual pre establecida para cada uno de sus empleados, y diferentes cuotas en función de cada categoría profesional, siendo así que no se aportará lo mismo a este Fondo para un Peón Ordinario que para un Oficial, por ejemplo.

Estas aportaciones al Plan de Pensiones de los trabajadores se cargarán en la cuenta de la empresa que actúa como PROMOTORA de este Seguro, que deberá formalizarse, de momento, únicamente con la Compañía VIDA CAIXA. A estos efectos, hemos remitido a las empresas afectadas un tutorial de cómo darse de alta en el programa Vida Caixa que le permitirá conocer el procedimiento del pago de dichas aportaciones cada mes, que deberá ejecutar desde su oficina administrativa.

Si bien esta obligación de aportación al Fondo de cada trabajador debe formalizarse cada mes, desde el presente mes de febrero, el Convenio establece, además, que dispondrá de un plazo de 90 días (fecha límite: 30 de abril) para realizar el pago de los atrasos devengados desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2024, partiendo de la base de que realizará el pago de estos atrasos sólo por aquellos trabajadores que ACTUALMENTE estén en plantilla, no realizando el pago de dichos atrasos para los que ya no prestan servicios a la empresa.

Tanto para los gastos mensuales como para los anuales de atrasos que deberá formalizar, hemos preparado un EXCEL para cada supuesto, que también hemos enviado a las empresas afectadas.

Aun a sabiendas del esfuerzo económico que esto supondrá de ahora y en adelante, es MUY IMPORTANTE que no olviden que se trata de una nueva OBLIGACION, que de momento sólo afecta al sector de la Construcción, y que desde luego, como tal, su cumplimiento será vigilado por la Inspección de Trabajo, que en teoría podrá sancionar a toda aquella empresa que incurra en incumplimiento.

Ni que decir tiene que estamos a su entera disposición en la asesoría de empresas en Las Palmas Gallego y Asociados para aclarar cualquier duda, si bien es necesario que instruyan a su personal de Administración a fin de gestionar las aportaciones mensuales y aportar la documentación pertinente que le será requerida por VIDA CAIXA a estos efectos, siempre, claro está, que sea usted titular de una empresa dedicada al sector de la CONSTRUCCION.

Por último, advertirles que estos importes que se aportarán al Fondo de cada trabajador, figurarán en el recibo de salarios de cada trabajador con el concepto de SALARIO EN ESPECIE, motivo por el cual advertirán este nuevo concepto en los recibos de salario mensuales.